Si se presentan inconformidades dentro de un ambiente laboral, o si se quiere mejorar las condiciones de trabajo, los trabajadores siempre pueden recurrir a las convenciones o pactos colectivos, los cuales siempre deben plasmarse por escrito.
El artículo 467 del código sustantivo del trabajo establece que la “Convención colectiva de trabajo es la que se celebra entre uno o varios empleadores o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia.”
En ese sentido, las convenciones colectivas tienen connotación de fuente formal de derecho, es decir, que si en la negociación colectiva se pacta algún beneficio para el trabajador que no esté previsto en la ley, o que estando regulado por alguna norma, lo pactado resultase más beneficioso, por regla general ha de entenderse que la convención colectiva prevalece sobre la ley.
Una de las principales virtudes de la convención colectiva, es que los acuerdos alcanzados se mantienen en el tiempo, con independencia de los cambios legislativos que se produzcan durante su vigencia. Es decir, que, si se pactaron beneficios relacionados con una norma que posteriormente se deroga, se entiende que la derogatoria de esta norma no afecta los beneficios pactados, así lo estableció la Corte suprema de Justicia en su sentencia CSJ SL1782-2023 de 5 de julio de 2023.
¿La convención colectiva sólo aplica para los sindicalizados que firmaron el acuerdo?
En algunos casos, las partes pueden acordar que la convención colectiva aplique a todos los trabajadores de la empresa, incluso si no hacen parte del sindicato que la firmó.
Aún así, para mayor claridad, resaltemos que el artículo 471 del código sustantivo establece que si el sindicato de trabajadores cuenta con la tercera parte del total de los trabajadores de la empresa, las normas de la convención se extienden a todos los trabajadores de la misma, sean o no sindicalizados, aún, si se alcanzare este porcentaje con posterioridad a la firma de la convención.
¿La convención colectiva tiene un límite de tiempo?
La duración de la convención colectiva es la que se acuerde en dicha convención; sin embargo, en caso de que no se acordara algún límite de tiempo, se presume que tiene una duración de 6 meses.
¿Tengo que ser miembro de un sindicato para poder negociar?
No necesariamente, existen figuras distintas a la convención colectiva que permite llegar a acuerdos con el empleador sin necesidad de afiliarse a algún sindicato, es así que el artículo 481 del código sustantivo del trabajo contempla el pacto colectivo, el cual, a diferencia de la convención colectiva, va dirigido a los no sindicalizados, veamos:
“Los pactos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados se rigen por las disposiciones establecidas en los Títulos II y III, Capítulo I, Parte Segunda del Código Sustantivo del Trabajo, pero solamente son aplicables a quienes los hayan suscrito o adhieran posteriormente a ellos.”